El Sindicato Único de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina (SUTCAPRA) presentó una acción de amparo con solicitud de medida cautelar ante la Justicia Nacional del Trabajo. La medida busca frenar la aplicación del aporte solidario establecido en el reciente acuerdo paritario celebrado entre la Unión Personal de Seguridad de la República Argentina (UPSRA) y la cámara patronal CAESI.
La demanda recayó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 4, perteneciente a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. A través de esta presentación, la organización sindical solicita que, mientras se resuelve el fondo de la cuestión, la Justicia ordene eximir a sus representados de dicho descuento salarial.
Argumentos centrales: Libertad sindical y perjuicio económico
Desde la conducción de SUTCAPRA fundamentaron la acción legal amparándose de forma directa en el derecho constitucional de libertad sindical. De acuerdo con lo planteado en el comunicado institucional emitido este 5 de agosto de 2026, los trabajadores adheridos al gremio ya ejercieron libremente su derecho de elección y sostienen con sus cuotas a la entidad que decidieron integrar. «Nuestros afiliados eligieron libremente ser representados por SUTCAPRA y ya realizan el aporte correspondiente para sostener a la organización sindical que decidieron integrar. No corresponde que deban financiar a otro sindicato», remarcaron desde el gremio.
En ese marco, sostienen que pretender imponer una cuota solidaria en favor de UPSRA genera una doble imposición económicamente gravosa para los afiliados a SUTCAPRA, dejándolos en desventaja frente a quienes pertenecen a la entidad signataria del convenio.

Exigen que UPSRA y CAESI no realicen retenciones
Como parte del pedido cautelar elevado al fuero laboral, SUTCAPRA solicitó expresamente que la Justicia ordene a UPSRA y a la cámara empresarial CAESI “abstenerse de promover, exigir, reclamar, percibir o recibir” dicho concepto respecto del personal afiliado a su sindicato.
Asimismo, solicitaron que se instruya a las empresas prestadoras de servicios de seguridad para que eviten efectuar cualquier tipo de retención o descuento en las liquidaciones de sueldo mientras continúe el trámite judicial.
Próximos pasos
La decisión respecto de la medida cautelar se encuentra ahora en manos del Juzgado Laboral N° 4. Desde SUTCAPRA adelantaron que utilizarán «todas las herramientas legales que sean necesarias» para sostener la causa e informarán las novedades a través de sus canales oficiales.
Por su parte, el fallo del tribunal sentado en este caso podría sentar un antecedente clave respecto a los alcances y límites de las cláusulas de aportes solidarios entre gremios competidores del sector de la vigilancia y la seguridad privada.